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Preguntas frecuentes
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¿Tenés dudas sobre las medidas de apoyo que estamos aplicando?
Te recomendamos ver las preguntas frecuentes que tenemos aquí abajo o consultar el Asesor Virtual haciendo
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Si tenés dudas sobre Seguros haciendo click aquí podrás hablar con el Asesor Virtual de Seguros.

 

 

Vivienda


  • El beneficio del no pago de las próximas dos cuotas aplica para todos los clientes de hipotecas?

    Este beneficio aplica únicamente para los créditos desembolsados antes del 1 de marzo del 2020, siempre y cuando tengan menos de 90 días de morosidad.

  • ¿El no pago de las próximas dos cuotas significa que ya no tendré que pagarlas o que me van a ampliar el plazo del crédito?

    Lo que buscamos es darle liquidez en este momento, estamos revisando cuál va a ser la forma operativa en la cual se aplicará el beneficio.

  • Cuando se menciona el no pago de la cuota: ¿incluye el pago de seguros?

    Sí, se incluyen todas los rubros que contempla la cuota actual.

  • ¿Los seguros seguirán cubriendo mi préstamo?

    Las coberturas de los seguros seguiran activas, si llegase a pasar algún evento, los seguros lo estarían cubriendo.

     


  • ¿La posibilidad de no pago de las siguientes dos cuotas también aplica para créditos recién desembolsados?

    El beneficio aplica solamente para los créditos desembolsados antes del 1 de marzo del 2020.

  • Para los casos de construcción en proceso de desembolso: ¿qué monto aplicaría para este beneficio?

    Aplica el monto de la cuota, incluyendo el último monto girado para la construcción. 


  • Si tengo una morosidad menor a 90 días (tengo pendiente el pago de 2 meses): ¿cuál sería mi situación?

    En este caso podría optar por el beneficio del no pago de las 2 cuotas, sin embargo segurá teniendo las cuotas anteriores pendientes. 


  • ¿Qué pasa si tengo morosidad mayor a 90 días?

    El beneficio aplica únicamente para las personas que tengan menos de 90 días de morosidad. Si desea hacer readecuación de deuda por favor escribanos al siguiente a WhatsApp haciendo click aquí.

  • ¿Qué pasa si el pago de mi cuota está en débito automático?

    Actualmente el rebajo automático de cuotas está detenido. Si querés mantenerlo, por favor ingresá a este link y hacé tu solicitud.

  • ¿Qué pasa si deseo continuar haciendo mis pagos como regularmente lo hago?

    Puede seguir realizando sus pagos como siempre, le recomendamos hacerlo por medio de Banca en Línea.

  • Si ya realicé el pago de la cuota, ¿puedo pedir que me la reembolsen?

    No, no se hará el reintegro de la cuota. Si ya canceló el pago de marzo puede aplicar el beneficio para abril y mayo.

  • Mi crédito tiene programado un cambio de tasa este mes: ¿qué pasa en este caso?

    Durante abril, mayo y junio no se realizarán aumentos de tasas de interés sobre los créditos vigentes.

  • Ingresé a Banca en Línea y mi cuota sigue apareciendo, ¿qué significa esto?

    A final de mes lo va a dejar de visualizar ahí ya que es un proceso que se ejecuta únicamente una única vez.

  • ¿Tenés más dudas?

    Ingresá al Asesor Virtual haciendo click aquí y evacuá cualquier otra duda.

 

 

Vehículo


  • ¿El beneficio del no pago de las próximas dos cuotas aplica para todos los clientes de crédito de vehículo?

    Este beneficio aplica únicamente para los créditos desembolsados antes del 1 de marzo del 2020, siempre y cuando tengan menos de 90 días de morosidad.

  • ¿El no pago de las próximas dos cuotas significa que ya no tendré que pagarlas o que me van a ampliar el plazo del crédito?

    Lo que buscamos es darle liquidez en este momento, estamos revisando cuál va a ser la forma operativa en la cual se aplicará el beneficio

  • Cuando se menciona el no pago de la cuota: ¿incluye el pago de seguros?

    Sí, se incluyen todas los rubros que contempla la cuota actual.

  • ¿Los seguros seguirán cubriendo mi préstamo si tengo un accidente con mi carro?

    Las coberturas de los seguros seguiran activas, si llegase a pasar algún evento, los seguros lo estarían cubriendo.

  • ¿La posibilidad de no pago de las siguientes dos cuotas también aplica para créditos recién desembolsados?

    El beneficio aplica solamente para los créditos desembolsados antes del 1 de marzo del 2020.

  • Si tengo una morosidad menor a 90 días (tengo pendiente el pago de 2 meses): ¿cuál sería mi situación?

    En este caso podría optar por el beneficio del no pago de las 2 cuotas, sin embargo segurá teniendo las cuotas anteriores pendientes. 

  • ¿Qué pasa si tengo morosidad mayor a 90 días?

    El beneficio aplica únicamente para las personas que tengan menos de 90 días de morosidad. Si desea hacer readecuación de deuda por favor escríbanos al siguiente WhatsApp haciendo click aquí.

  • ¿Qué pasa si el pago de mi cuota está en débito automático?

    Actualmente el rebajo automático de cuotas está detenido. Si querés mantenerlo, por favor ingresá a este link y hacé tu solicitud.

  • ¿Qué pasa si deseo continuar haciendo mis pagos como regularmente lo hago?.

    Puede seguir realizando sus pagos como siempre, le recomendamos hacerlo por medio de Banca en Línea.

  • Si ya realicé el pago de la cuota, ¿puedo pedir que me la reembolsen?

    No, no se hará el reintegro de la cuota. Si ya canceló el pago de marzo puede aplicar el beneficio para abril y mayo.

  • Mi crédito tiene programado un cambio de tasa este mes: ¿qué pasa en este caso?

    Durante abril, mayo y junio no se realizarán aumentos de tasas de interés sobre los créditos vigentes.

     


  • Ingresé a Banca en Línea y mi cuota sigue apareciendo, ¿qué significa esto?

    A final de mes lo va a dejar de visualizar ahí ya que es un proceso que se ejecuta únicamente una única vez.

  • ¿Tenés más dudas?

    Ingresá al Asesor Virtual haciendo click aquí y evacuá cualquier otra duda.

 

 

Préstamos Personales


  • ¿El beneficio del no pago de las próximas dos cuotas aplica para todos los clientes?

    Este beneficio aplica únicamente para los créditos desembolsados antes del 1 de marzo del 2020, siempre y cuando tengan menos de 90 días de morosidad.

  • ¿El no pago de las próximas dos cuotas significa que ya no tendré que pagarlas o que me van a ampliar el plazo del crédito?

    Lo que buscamos es darle liquidez en este momento, estamos revisando cuál va a ser la forma operativa en la cual se aplicará el beneficio.

  • ¿Cómo aplica la suspensión del pago si mis cuotas son semanales, quincenales o mensuales?

    En este caso se realiza la suspensión de los pagos correspondientes a los 2 meses establecidos, por lo que pueden ser varias cuotas de acuerdo a la frecuencia de pago establecida.

  • Cuando se menciona el no pago de la cuota: ¿incluye el pago de seguros?

    1.     Sí, se incluyen todas los rubros que contempla la cuota actual.


  • ¿La posibilidad de no pago de las siguientes dos cuotas también aplica para créditos recién desembolsados?

    El beneficio aplica solamente para los créditos desembolsados antes del 1 de marzo del 2020.

  • Si tengo una morosidad menor a 90 días (tengo pendiente el pago de 2 meses): ¿cuál sería mi situación?

    En este caso podría optar por el beneficio del no pago de las 2 cuotas, sin embargo seguirá teniendo las cuotas anteriores pendientes. 

  • ¿Qué pasa si tengo morosidad mayor a 90 días?

    El beneficio aplica únicamente para las personas que tengan menos de 90 días de morosidad. Si desea hacer readecuación de deuda por favor escríbanos al siguiente WhatsApp haciendo click aquí

  • ¿Qué pasa si el pago de mi cuota está en débito automático?

    Actualmente el rebajo automático de cuotas está detenido. Si querés mantenerlo, por favor ingresá a este link y hacé tu solicitud.

  • ¿Qué pasa si deseo continuar haciendo mis pagos como regularmente lo hago?

    Puede seguir realizando sus pagos como siempre, le recomendamos hacerlo por medio de Banca en Línea.

     


  • Si ya realicé el pago de la cuota, ¿puedo pedir que me la reembolsen?

    No, no se hará el reintegro de la cuota. Si ya canceló el pago de marzo puede aplicar el beneficio para abril y mayo.

  • Mi crédito tiene programado un cambio de tasa este mes: ¿qué pasa en este caso?

    Durante abril, mayo y junio no se realizarán aumentos de tasas de interés sobre los créditos vigentes.

     


  • Ingresé a Banca en Línea y mi cuota sigue apareciendo, ¿qué significa esto?

    A final de mes lo va a dejar de visualizar ahí ya que es un proceso que se ejecuta únicamente una única vez.

  • ¿Tenés más dudas?

    Ingresá al Asesor Virtual haciendo click aquí y evacuá cualquier otra duda.

 

 

PYMES


  • ¿El beneficio del no pago de las próximas dos cuotas aplica para todos los clientes?

    Este beneficio aplica únicamente para los créditos desembolsados antes del 1 de marzo del 2020, siempre y cuando tengan menos de 90 días de morosidad.

  • ¿El no pago de las próximas dos cuotas significa que ya no tendré que pagarlas o que me van a ampliar el plazo del crédito?

    Lo que buscamos es darle liquidez en este momento, estamos revisando cuál va a ser la forma operativa en la cual se aplicará el beneficio.

  • ¿Cómo aplica la suspensión del pago si mis cuotas son semanales, quincenales o mensuales?

    En este caso se realiza la suspensión de los pagos correspondientes a los 2 meses establecidos, por lo que pueden ser varias cuotas de acuerdo a la frecuencia de pago establecida.

  • ¿Aplica esta medida para las tarjetas de crédito empresariales?

    En tu tarjeta de crédito, tus próximos dos pagos mínimos los trasladaremos de forma automática a seis cuotas mensuales sin intereses. Estas se empezarían a pagar a partir del tercer mes.

  • Cuando se menciona el no pago de la cuota: ¿incluye el pago de seguros?

    Sí, se incluyen todas los rubros que contempla la cuota actual.

  • ¿La posibilidad de no pago de las siguientes dos cuotas también aplica para créditos recién desembolsados?

    El beneficio aplica solamente para los créditos desembolsados antes del 1 de marzo del 2020.

  • Si tengo una morosidad menor a 90 días (tengo pendiente el pago de 2 meses): ¿cuál sería mi situación?

    En este caso podría optar por el beneficio del no pago de las 2 cuotas, sin embargo segurá teniendo las cuotas anteriores pendientes. 

  • ¿Qué pasa si tengo morosidad mayor a 90 días?

    El beneficio aplica únicamente para las personas que tengan menos de 90 días de morosidad. Si desea hacer readecuación de deuda por favor escribanos al siguiente a WhatsApp haciendo click aquí.

  • ¿Qué pasa si el pago de mi cuota está en débito automático?

    Actualmente el rebajo automático de cuotas está detenido. Si querés mantenerlo, por favor ingresá a este link y hacé tu solicitud.

  • ¿Qué pasa si deseo continuar haciendo mis pagos como regularmente lo hago?.

    Puede seguir realizando sus pagos como siempre, le recomendamos hacerlo por medio de Banca en Línea.

  • Si ya realicé el pago de la cuota, ¿puedo pedir que me la reembolsen?

    No, no se hará el reintegro de la cuota. Si ya canceló el pago de marzo puede aplicar el beneficio para abril y mayo.

  • Mi crédito tiene programado un cambio de tasa este mes: ¿qué pasa en este caso?

    Durante abril, mayo y junio no se realizarán aumentos de tasas de interés sobre los créditos vigentes.

  • Ingresé a Banca en Línea y mi cuota sigue apareciendo, ¿qué significa esto?

    A final de mes lo va a dejar de visualizar ahí ya que es un proceso que se ejecuta únicamente una única vez.

  • ¿Qué pasa con mis solicitudes de crédito?

    Por favor, comunicate con tu Ejecutivo de Cuenta para solicitar el estado de avance en el que se encuentra tu solicitud. 

  • ¿Tenés más dudas?

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Tarjetas de Crédito


  • ¿Qué pasa si no pago el mínimo de mi tarjeta de crédito? ¿Quedaría en mora?

    Si no podés pagar el pago mínimo en los próximos dos meses, automáticamente lo trasladaremos a cuotas de 6 meses. En el tercer mes deberás pagar el mínimo más la sexta parte de ese mes. 

    Si no hacés el pago mínimo, no quedarás en mora, ni se manchará tu récord crediticio. 


  • ¿Cuál sería la tasa de interés del mínimo al no pagarlo?

    0%. 

  • ¿Si no pago el mínimo puedo seguir haciendo compras con mi tarjeta?

    Sí, podrás seguir usando su tarjeta siempre y cuando tengás disponible en tu línea de crédito. 


  • ¿Esto significa que me van a trasladar a 6 meses todo mi saldo?

    No, esto aplica únicamente para los pagos mínimos y se hará de manera automática. 

  • ¿Me van a cobrar comisión por no hacer el pago mínimo estos 2 meses?

    No, no cobraremos ninguna comisión por esta gestión.

  • ¿A dónde puedo solicitar y ver que mi pago mínimo se va a fraccionar gracias a esta medida?

    No debés solicitarla, esta medida se va a efectuar automáticamente. En Banca en Línea aún va a visualizar la opción del pago, sin embargo nuestros sistemas sí van a fraccionar el pago. 

  • ¿Puedo seguir haciendo mis pagos normalmente?

    Sí, podés seguir pagando normalmente la cuota por cualquiera de nuestros canales. Te recomendamos utilizar todos los medios digitales con los que contamos.


  • Si ya realicé el pago de la cuota, ¿puedo pedir que me la reembolsen?

    No, no se hará el reintegro de la cuota. Si ya canceló el pago de marzo puede aplicar el beneficio para abril y mayo.

  • ¿Puedo tomar la medida un mes y el siguiente no?

    Sí se puede.

  • ¿Si no pagué a contado se siguen generando intereses?

    Sí, se siguen generando intereses sobre el saldo total, este no considera el pago mínimo trasladado a cuotas 0% interés.


  • ¿Qué pasa si tengo una tarjeta de crédito con reto de facturación?

    Si el cliente ha cumplido en los meses anteriores el reto, no se le cobrará este mes. 


  • ¿Tenés más dudas?

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Seguros


  • ¿Cuáles son las coberturas de los seguros asociados a préstamos personales?

    • Desempleo involuntario para trabajadores asalariados o incapacidad total temporal para trabajadores independientes. 
    • Fallecimiento
    • Incapacidad total permanente

  • ¿Qué sucede con el seguro de desempleo si soy despedido en los próximos 2 meses?

    Sí va a existir cobertura siempre y cuando el cliente sea despedido con responsabilidad patronal y cumpla las condiciones de aplicación del reclamo. 

     


  • ¿Desde qué momento aplica el seguro de desempleo?

    La cobertura del seguro empieza a aplicar una vez realizados los primeros 2 pagos del crédito. 

  • ¿Estos seguros me cubren en caso de renuncia o despido sin responsabilidad?

    No, no aplica en caso de renuncia o despido sin responsabilidad patronal. Aplica únicamente para asalariados.


  • ¿Cuánto tiempo cubren los seguros de desempleo?

    Esto depende del tipo de seguro que tengás con tu producto. Ingresá al Asesor Virtual de Seguros haciendo click aquí.

  • ¿Tenés más dudas sobre seguros?

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Fondo de Capitalización Laboral (FCL)


  • ¿Qué es el FCL?

    Es un ahorro para auxilio de cesantía que fue creado con la intención de permitir al trabajador atender sus necesidades inmediatas ante una situación de desempleo.

  • ¿Cómo puedo retirar el FCL por cese laboral?

    Para retirarlo por cese de labores es necesario haber terminado la relación patronal ya sea por renuncia o despido (puede ser con responsabilidad o sin responsabilidad patronal).

  • ¿Cómo puedo retirar el FCL por suspensión laboral?

    Si el patrono decidió suspender el contrato laboral, el empleado podrá solicitar una constancia digital o física al patrono para realizar la debida gestión. Esta documentación, es indispensable para realizar el retiro de su FCL.

  • ¿Cómo puedo retirar el FCL por disminución de jornada?

    Si el patrono decidió disminuir la jornada laboral, el empleado podrá solicitar una constancia digital o física al patrono para realizar la debida gestión. Esta documentación, es indispensable para realizar el retiro de su FCL.

  • ¿Cuánto tiempo dura la gestión?

    Actualmente la gestión tiene un tiempo de resolución de 3 a 5 días hábiles, sin embargo, la Operadora cuenta con un plazo regulatorio de 15 días para completar el trámite. Estos plazos aplican a partir del momento en que los requisitos estén correctos y completos.

  • ¿Qué documento debo presentar para realizar la gestión?

    Por Cese de labores:
            •               Copia de cédula legible por ambos lados
            •               Copia de carta patronal (La carta debe contener: nombre completo y cédula del solicitante del trámite, fecha de salida, fecha de emisión igual o posterior a la salida, datos completos y firma del representante legal, membrete y sello)
            •               Número IBAN de cuenta en colones a nombre del cliente
    Por Suspensión Laboral (trámite pendiente de aprobación regulatoria)
            •               Constancia que indique la suspensión de labores emitida por el patrono.  La constancia debe contener: nombre completo y cédula del solicitante del trámite, fecha de salida, fecha de emisión igual o posterior a la salida, datos completos y firma del representante legal, membrete y sello.
            •               Copia de cédula vigente y legible por ambos lados
            •               Número IBAN de cuenta en colones a nombre del cliente
    Por Disminución de jornada (trámite pendiente de aprobación regulatoria)
            •               Constancia que indique la disminución de labores, emitida por el patrono.  La constancia debe contener: nombre completo y cédula del solicitante del trámite, fecha de salida, fecha de emisión igual o posterior a la salida, datos completos y firma del representante legal, membrete y sello.
            •               Copia de cedula vigente y legible por ambos lados
            •               Número IBAN de cuenta en colones a nombre del cliente

  • ¿Se me liquida la totalidad del monto acumulado?

    Se liquida la totalidad del monto -después de deducir el traslado requerido por la regulación- del 50% de los últimos aportes realizados de marzo 2020 a la fecha de la liquidación hacia el fondo del ROPC (Régimen Obligatorio de Pensión Complementaria).

  • ¿Por cuál medio se debe ingresar la solicitud de retiro?

    Las solicitudes se deben tramitar a través del formulario digital disponible en la página web bit.ly/2xSXo1wo en la Banca en Línea, específicamente en la sección “Realizar gestiones” donde dice “Fondos de Pensión”

  • ¿Dónde puedo solicitar ayuda si tengo alguna consulta?

    Podés comunicarte a nuestro Call Center al 2295-9200, al correo electrónico pensiones@baccredomatic.cr o al WhatsApp 8742-9595
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